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lunes, 5 de diciembre de 2011

Declaración del Área de Rehabilitación Integral de Almadén



Resolución de 21/11/2011, de la Dirección General de la Vivienda, Urbanismo y Planificación Territorial, por la que se declara el Área de Rehabilitación Integral de Almadén (Ciudad Real), a los efectos del Decreto 173/2009, de 10/11/2009, por el que se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012.  

Antecedentes

El Capítulo VI del Título II del Decreto 173/2009, de 10/11/2009, por el que se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012 (DOCM núm. 223, de 16 de noviembre de 2009) (en adelante Decreto 173/2009) prevé la rehabilitación integral de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales.


Antecedentes: Memoria-Programa


De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 del Decreto 173/2009, que establece el procedimiento para la declaración del Área de Rehabilitación Integral, el Ayuntamiento de Almadén (Ciudad Real) como entidad promotora, ha presentado la solicitud para la declaración del ARI, la Memoria-Programa, la delimitación geográfica del perímetro del ARI, así como el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento favorable a la tramitación de la actuación.


Por todo ello y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 9 del Decreto 125/2011, de 07/07/2011, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos Órganos de la Consejería de Fomento,


Resuelvo


Primero. Declaración.


A solicitud del Ayuntamiento de Almadén, declaro como Área de Rehabilitación Integral de Almadén (Ciudad Real), el ámbito especificado a continuación.


Segundo. Delimitación.


El ámbito de la declaración está delimitado en la documentación gráfica que figura como Anexo a esta Resolución, quedando definido por las fincas catastrales siguientes:


Manzanas completas:


- Casco Histórico:
00384, 00386, 01388, 02363, 02364, 02370, 02376, 03360, 03364, 03370,03386, 04365, 04376, 04377, 05368, 05376.


- Hospital y museo:
07344, 08320, 08336, 09321, 09330, 10330, 10334, 11336.


- Plaza de toros:
12362, 12368.


De las manzanas siguientes, las parcelas que se detallan a continuación:


- Casco Histórico:
04351: 01, 05, 06, 07, 08, 09.

05360: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 32, 33, 34, 35.

06360: 01, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59.

06386: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14.

00365: 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26.


- Hospital y museo:

06333: 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31.

07327: 15, 16, 17, 18, 19.

07328: 13, 14, 15.

09347: 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 45.

12337: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28.

12346: 01, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32.


- Plaza de toros:

10361: 09, 10, 11.

10375: 16, 21.

11350: 03.

12353: 01, 02.

12357: 01, 02, 03, 04, 05.

12378: 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 74.

13357: 01, 02.



Tercero. Efectos.


La declaración del Área de Rehabilitación Integral de Almadén (Ciudad Real), implica que:


- Podrán ser actuaciones protegidas las indicadas en el artículo 57 del Decreto 173/2009 que se realicen dentro del ámbito señalado.


- Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas para las actuaciones que se ejecuten en el Área de Rehabilitación Integral, la Administración o entidad pública promotora y las personas propietarias de las viviendas o edificios, inquilinas autorizadas por la persona propietaria, o comunidades de propietarios, según lo establecido en el artículo59 del Decreto 173/2009.


- El régimen de financiación de las actuaciones protegidas es el determinado en el artículo 60 del Decreto 173/2009, sin perjuicio de que puedan ser beneficiarias de cualesquiera otras ayudas declaradas compatibles.

- De acuerdo con el artículo 57.3 del Decreto 173/2009, la promoción de nuevas viviendas protegidas en el ARI, en su caso, no serán computadas como actuaciones en la línea de financiación específica de Áreas de Rehabilitación Integral.


- De forma excepcional, y por razones de interés público debidamente motivadas, los acuerdos de la Comisión Bilateral de Seguimiento podrán eximir a las promotoras de las actuaciones de rehabilitación de cumplir las limitaciones relativas a metros cuadrados computables a efectos del cálculo del presupuesto protegido, y a las personas solicitantes de ayudas financieras de cumplir las limitaciones relativas a los niveles de ingresos, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.1 del Decreto 173/2009.


Cuarto. Requisitos.


Para la calificación de las actuaciones protegidas y para el acceso a las ayudas reguladas en el artículo 60 delDecreto 173/2009, se deberán cumplir las condiciones generales y las condiciones específicas establecidas en el mencionado Decreto y demás normativa de aplicación.


Quinto. Otras disposiciones de aplicación.


En lo no previsto expresamente en esta Resolución será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, en el Decreto 173/2009, de 10/11/2009, por el que se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012, la Orden de 22/01/2010, de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se regula el procedimiento de concesión, gestión y justificación de las ayudas previstas en el Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012, y demás disposiciones concordantes.


Sexto. Recursos.


1. Esta Resolución no agota la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso de alzada dirigido a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de vivienda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.


2. En cuanto a los recursos a interponer por las Administraciones Públicas, la presente Resolución es definitiva en vía administrativa, pudiéndose interponer por otra Administración recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que se estime procedente.

Sin perjuicio de lo anterior, la Administración recurrente o afectada podrá, previamente, dirigir requerimiento a la Consejería con competencias en materia de vivienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses desde la publicación de esta resolución, en cuyo caso, según lo establecido en el artículo 46.6 de la misma Ley, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.


Toledo, 21 de noviembre de 2011

El Director General de la Vivienda Urbanismo y Planificación Territorial
ISIDRO JAVIER ZAPATA ROM


Fuente: docm, 2 diciembre de 2011


El Área de Rehabilitación Integral se ha programado actuar en la rehabilitación de los edificios y viviendas de 3 ámbitos considerados, a saber, la zona de rehabilitación del Hospital y Museo, la zona de rehabilitación de la Plaza de Toros y la zona de rehabilitación de casco antiguo. Siendo susceptible de rehabilitación 415 viviendas, sin embargo en el periodo 2012 se actuará en 40 viviendas, ejecutándose obras de recuperación de elementos estructurales de los edificios, accesibilidad, adecuación de elementos comunes y habilitación de las viviendas.

Más información en los siguientes enlaces:

http://www.latribunadeciudadreal.es/noticia.cfm/Provincia/20111113/primera/fase/ari/comenzara/2012/beneficiara/40/viviendas/almaden/0018A2CB-0169-A8D3-CE614024E97FE91F


http://www.almaden.es/pagina-detalle.php?recordID=427


http://www.uclm.es/cr/EUP-ALMADEN/aaaeupa/boletin_informativo/pdf/boletines/19/05.pdf


http://mipuebloalmaden.blogspot.com/2011/08/conferencia-plan-de-vivienda-y.html


http://www.jccm.es/web/es/CastillaLaMancha/index/tramite1212692982807tr/1193043193156.html

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